La
presente ordenanza tiene por objeto la ordenación, control y
regulación del tráfico en las vías urbanas de este municipio, en
ejercicio de la potestad que se reconoce a los municipios en el
artículo 25.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y en el artículo 7 del Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial.
Las
normas de esta Ordenanza complementan lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial, y en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de circulación
para la aplicación y desarrollo del Texto Articulado de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
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