PRUEBAS

Los sistemas de acceso y de selección de las policías locales de Extremadura y el Tribunal Único se regulan en el DECRETO 64/2022, de 8 de junioEste Decreto tiene por objeto la regulación, en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, de los sistemas de acceso y de los sistemas selectivos para la provisión de puestos de trabajo de las distintas categorías de la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura previstos en la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.

Asimismo y en atención a la previsión realizada por el artículo 46.3 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, también es objeto de este Decreto la regulación del Tribunal Único con la finalidad de promover y potenciar, siempre que ello sea posible, la realización de convocatorias conjuntas con el mayor número de municipios de la región extremeña posible.

El proyecto recoge con detalle, entre otros muchos aspectos de la oposición, cuáles serían las pruebas a realizar por los aspirantes a Policía Local.


La prueba teórica en el Decreto por el que se regula el acceso a la Policía Local

 ¿En qué consiste la prueba teórica?

Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de 100 preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario establecido. 

El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia. 


¿Las respuestas mal contestadas penalizan? ¿Y las no contestadas?

Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente.

Las preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. 


¿De qué tiempo se dispone para realizar el examen?

El tiempo máximo para la realización del examen teórico será de 120 minutos


¿Cómo se prepara esta prueba en las academias? 

En nuestras academias recibirás explicaciones detalladas de todos y cada uno de los temas que componen el temario, ayudándote a memorizar y comprender todos los conceptos necesarios, haciendo un especial enfásis en aquellos apartados por los que más frecuentemente se preguntan en los exámenes. Trabajamos ejercicios tipo test completos de cada uno de los temas que componen el temario, realizamos ejercicios de simulación de examen y analizamos exámenes reales de los procesos selectivos de las diferentes localidades de Extremadura.

Con casi 20 años de experiencia en la preparación de oposiciones a Policía Local contamos con el mejor material para que afrontes con las mayores garantías de éxito tu oposición.

Los resultados de nuestros alumnos nos avalan como las mejores academias de preparación para Policía Local en Extremadura.


Las pruebas físicas en el Decreto por el que se regula el acceso a la Policía Local


¿Cuáles son las pruebas físicas que establece el borrador de Decreto por el que se regula el acceso a la Policía Local en Extremadura?

Las pruebas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar, tienen por objetivo comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación de los aspirantes.

Con independencia del procedimiento de provisión y la categoría, cuando se establezca en aquél la obligatoriedad de superación de pruebas físicas, las marcas a superar y puntuaciones obtenidas serán las que se relacionan a continuación, distinguiendo en cada prueba entre hombres y mujeres y, dentro de cada grupo, por rango de edad, así como entre turno libre y promoción interna/externa. 

Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas y todas tienen el carácter de eliminatorias, siendo necesario su superación para realizar la siguiente.

1a PRUEBA: Potencia de tren superior (Lanzamiento de balón medicinal de 3 kg).

2a PRUEBA: Potencia tren inferior. Salto a pies juntos.

3a PRUEBA: Velocidad y agilidad.

4a PRUEBA: Resistencia (1.000 metros lisos).

¿Serán puntuables las pruebas físicas ?
Las pruebas físicas serán puntuables conforme a lo establecido en este Decreto.

Para la superación de las distintas pruebas físicas deberán alcanzarse las marcas mínimas que se establecen. En caso contrario, el /la aspirante será calificado/a como NO APTO/A y no podrá realizar la prueba siguiente.

La calificación numérica de las personas aspirantes que superen cada prueba se realizará con una puntuación comprendida entre cinco y diez puntos, conforme se relaciona en el Anexo II del Decreto.

¿Será necesario un certificado médico para realizarlas?

Para poder participar en dichas pruebas, cada persona aspirante deberá aportar un certificado médico que acredite su aptitud para poder realizarlas cuya validez no exceda de tres meses.

La prueba práctica

Consistirá en la resolución de uno o más supuestos relacionados con el temario establecido para cada categoría en el Anexo III. En dicho supuesto se podrán valorar también conocimientos de cultura general, ortografía, redacción, capacidad de síntesis, etc, que deberán constar expresamente en las bases de las respectivas convocatorias.

La prueba psicotécnica

Será dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos puestos de trabajo.

La prueba médica

Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes para el ejercicio de la función policial a desempeñar y se realizará conforme al cuadro de exclusiones médicas establecido.

La prueba de reconocimiento médico solo será realizada por quienes hayan superado las pruebas anteriores del proceso selectivo.

Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento convocante o los que éste designe en la correspondiente convocatoria.

La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de las personas aspirantes para que los resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de las mismas.

Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la comprobación de que el aspirante no incurre en ninguna de las causas de exclusión establecidas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario