A pesar del interés que parecía tener el Ayto. de Badajoz en el Reglamento Interno de la Policía Local, que fue aprobado y realizado por el Ayuntamiento sin el respaldo de las organizaciones sindicales mayoritarias, ni el propio ayuntamiento cumple sus preceptos.
El artículo 16. 4 establece que "En el supuesto de vacante, la Jefatura del Cuerpo se convocará para
su provisión en el plazo máximo de seis meses, a contar desde el
día siguiente a aquel en que la misma se produjo". Pasado ya ese tiempo la plaza sigue sin convocarse.
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