El Ayuntamiento de Palomas, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente y en concreto el artículo 84 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la presente Ordenanza de policía y buen gobierno que constituye un precepto jurídico promulgado por el Ayuntamiento, a fin de regular materias que son objeto de su competencia, y que afectan al normal desarrollo de la vida local. Constituye, pues, un conjunto de normas a las que debe sujetarse la actividad de los ciudadanos, adaptando las disposiciones generales existentes a las características de Palomas. Se trata, también, de ordenar materias no reguladas y que podían producir posibles variaciones normativas.
La presente Ordenanza debe entenderse como código de derechos y deberes de los ciudadanos divididos en dos partes: En primer lugar, se recogen y sintetizan las normas propias de la población, facilitando su conocimiento a todos los vecinos por otro lado constituye el punto de referencia obligado para la potestad sancionadora del Ayuntamiento en muchísimas materias que inciden ordinariamente en la tranquilidad y calidad de la vida del municipio. El órgano competente para imponer las sanciones establecidas en esta Ordenanza es el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario