Con fecha 6 y 7 de febrero de 2013,
se han publicado en el BOP, las bases para la provisión como funcionarios de
carrera mediante el sistema de concurso-oposición, de 4 plazas de oficial de
policía local y 2 plazas de subinspector de la policía local por sistema de
promoción interna.
Estas bases incumplen la normativa
estatal en materia de empleados públicos, la normativa autonómica en materia de
policías locales y la normativa local, en concreto el Acuerdo de empleados
públicos del ayuntamiento de Badajoz.
Incumplimiento de la normativa local: Acuerdo de Empleados Públicos del
Ayuntamiento de Badajoz
El Acuerdo Regulador de las condiciones
de trabajo y las retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y sus Organismos Autónomos establece la obligación de negociar las
bases de la convocatoria, negociación que no se ha producido en ningún momento.
Incumplimiento de la normativa estatal
En la base tercera se establecen los
requisitos de los aspirantes estableciéndose, entre
otros, limitaciones de edad, pese a que la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Básico del Empleado Público establece que estas
limitaciones solo pueden establecerse por Ley.
Incumplimiento de la normativa autonómica
Entre los requisitos de la base
tercera también se encuentra el tener un mínimo de dos años de antigüedad de
servicio activo como funcionario de carrera en la categoría inmediatamente
inferior a la de la plaza a la que se aspira, pero exige además que esta
antigüedad se haya cumplido en el ayuntamiento de Badajoz.
Las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura,
aprobadas por Decreto 218/2009, de 9 de octubre, establece que los requisitos
de los aspirantes para la promoción interna serán en este sentido únicamente el
tener un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente
inferior a la de la plaza a la que se aspira. En ningún caso debe exigirse que
esta antigüedad sea en el Ayuntamiento de Badajoz, pues supone discriminar a
todos aquellos policías que cumpliendo con los requisitos establecidos por la
normativa, y que prestando servicios en el ayuntamiento de Badajoz, hayan
podido acumular antigüedad en otras localidades.
Numerosas sentencias determinan la discriminación y la
vulneración del principio de igualdad que supone este hecho.
También la base octava vulnera estos principios en el baremo
de la fase de concurso por razón de antigüedad, donde solo se valora la
antigüedad en este ayuntamiento, vulnerándose el
principio de igualdad.
Por los incumplimientos de la normativa estatal en materia
de empleados públicos, la normativa autonómica en materia de policías locales y
la normativa local, en concreto el Acuerdo de empleados públicos del
ayuntamiento de Badajoz, CCOO
presentará recurso administrativo contra las bases de las estas plazas
solicitando su anulación y subsidiariamente su modificación. En caso de no ser
atendido este recurso administrativo CCOO
volverá a acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
CCOO alerta de la judicialización de la
gestión de la Policía Local que realiza el Ayuntamiento de Badajoz, por sus
continuos incumplimientos de la normativa y la acumulación de sentencias
judiciales contra sus actuaciones.
Ver noticia en Europapress
Ver noticia en Hoy.es
Ver noticia en Elperiodicoextremadura.com
Ver noticia en Europapress
Ver noticia en Hoy.es
Ver noticia en Elperiodicoextremadura.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario