CCOO no descarta una nueva demanda
contencioso administrativa o incluso la denuncia ante la Fiscalía
Incumplimiento de la reserva de plazas de
movilidad
El
ayuntamiento de Badajoz había incluido 26 plazas de policía local en la oferta
pública de empleo de 2006, de las que decidió convocar 25 plazas libres y 1
sola plaza de movilidad. Las bases de las plazas se publicaron en el BOP de
03/07/2006.
CCOO, exigió el
cumplimiento de la normativa y en defensa del derecho a la movilidad de los
policías locales presentó el correspondiente recurso administrativo, y al no
ser atendido por el Ayto, se presentó demanda judicial. La normativa regional
establece que un porcentaje mínimo del 20% de las plazas vacantes de policía
local debe reservarse a movilidad para policías de otras localidades. Lo mismo
hizo la Junta de Extremadura así como un interesado a título particular de los
que formaban parte de la lista provisional de admitidos a la oposición.
CCOO, junto al resto de
los recurrentes gana la demanda y el ayuntamiento decidió recurrirla al TSJ,
donde volvió a perderla. Las sentencias calificaban la actuación textualmente
como de “ilegalidad”.
Llegados
a este punto, la sentencia obliga a ampliar la convocatoria a cinco plazas y
reduce a 21 la convocatoria de libres. El ayuntamiento modificó las bases de la
única plaza de movilidad (BOP de 15/01/10) y se ofertaron cinco. En cuanto a
las libres, a pesar de que tan solo debían existir 21 plazas de acuerdo con la
sentencia, se mantuvo a los 23 policías que aprobaron la oposición (2 plazas
quedaron vacantes).
Nuevo periodo de presentación de instancias
Un nuevo
recurso judicial se presenta contra el ayuntamiento, en este caso por otro
particular interesado que pide que se abra un nuevo periodo de presentación de
instancias ganando la demanda en un nuevo contencioso y posteriormente en el
TSJ, por lo que se abre un nuevo periodo de presentación de instancias a través
de convocatoria en el BOE de 15/01/10.
El 17
de febrero de 2010 se publica una nueva lista provisional en el BOP.
Variación del ámbito temporal de de la
convocatoria
Abierto
el nuevo plazo de instancias se pretende tener en cuenta los requisitos y
méritos en una nueva fecha, variando el ámbito temporal de la convocatoria,
llegando a presentarse personas que ni eran policías en la fecha inicial, con
la circunstancia de que ya en procesos similares el ayuntamiento había actuado
de otra forma exigiendo los requisitos y méritos a fecha de la convocatoria
inicial.
Por
ello, nuevamente el ayuntamiento se ve enfrentado a una nueva demanda en el
juzgado de lo contencioso administrativo que vuelve a perder.
Lista definitiva errónea
Con
fecha 15 de septiembre de 2011 publica una lista definitiva de admitidos al
proceso de movilidad y de manera sorprendente vuelven a producirse errores
y reclamaciones, en este caso por parte de dos aspirantes. El 7 de noviembre de
2011 el ayuntamiento modifica la lista definitiva.
Nueva lista definitiva también errónea
Contra
esta lista se presenta un nuevo recurso y el ayuntamiento publica una nueva
lista definitiva en el BOP de 27 de abril de 2012.
Inactividad de la administración
A
febrero de 2013, casi 7 años después, el ayuntamiento de Badajoz sigue sin
resolver la convocatoria de las 5 plazas de movilidad que provienen del año
2006. A lo largo del proceso administrativo ha cometido ilegalidades,
irregularidades y supuestos errores. Ahora mantiene el proceso paralizado por
inactividad.
Desde CCOO exigimos que resuelva la
convocatoria con carácter urgente e inmediato, que cubra las plazas vacantes,
que de solución al proceso, que satisfaga las expectativas creadas en los
interesados y que cumpla con la normativa. En caso contrario deberá enfrentarse
a una nueva demanda judicial, sin descartar el que finalmente este caso se
ponga en conocimiento de la Fiscalía por si hubiera lugar a un posible delito
de prevaricación administrativa.
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