Uno
de los requisitos para entrar a formar parte de las Policías Locales
de Extremadura es estar en posesión de los permisos de conducir de
las clases A, B y BTP, pudiendo acreditarlos hasta la finalización del correspondiente Curso Selectivo de
Formación que se realiza una vez aprobada la fase de oposición
correspondiente.
Sin
embargo, debe tenerse en cuenta la circular de la Dirección General
de Justicia e Interior de la Consejería de Administración Pública
y Hacienda de la Junta de Extremadura que dispone a los órganos
competentes de la revisión de las bases a interpretar el requisito
de estar en posesión del permiso de conducir “A” establecido en
las Normas Marco, referido al actual permiso de conducir de la clase
“A2”.
Esta
circular se hizo extensiva a las Corporaciones Locales por si
estimaban conveniente tenerla en cuenta a la hora de la elaboración
y publicación de las correspondientes bases de convocatoria para el
ingreso a sus Cuerpos de Policía Local.
Atendiendo
a esta circular en numerosas bases de oposiciones a Policía Local
los ayuntamientos solicitan a los aspirantes estar en posesión del
permiso A2, como hace el propio Ayuntamiento de Badajoz en las bases
para la selección de agentes de Policía Local publicadas con fechas
30 de diciembre de 2010 y 31 de agosto de 2011.
En
el caso de la plaza de Superintendente, que se convoca con carácter
de interino, sin ajustarse al procedimiento selectivo que establecen
las Normas-Marco, el Ayuntamiento, no atiende a esta circular y
solicita el permiso de la clase A, no estableciendo por otro lado la
necesidad de realizar ningún Curso Selectivo tras el cual pueda
presentarse este permiso (para el que, en cualquier caso, es
necesario una antigüedad con el permiso A2 de dos años), por lo que el recurso planteado por uno de los aspirantes parece estar en lo cierto.
De cualquier modo, habrá que esperar a ver que determinan los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Badajoz en relación a esta polémica plaza y si nuevamente el Ayuntamiento de Badajoz se ve inmerso en un proceso judicial relacionado con las convocatorias de plazas de Policía Local. Recordemos que no solo la plaza de Superintendente está recurrida, sino también cuatro plazas de Oficial (que ya fueron modificadas por otro recurso, al igual que las de Subinspector) y que tiene pendientes cinco plazas de Agente desde el año 2006, que ya han pasado por 5 procesos judiciales, todos con sentencias condenatorias para la Administración.
De cualquier modo, habrá que esperar a ver que determinan los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Badajoz en relación a esta polémica plaza y si nuevamente el Ayuntamiento de Badajoz se ve inmerso en un proceso judicial relacionado con las convocatorias de plazas de Policía Local. Recordemos que no solo la plaza de Superintendente está recurrida, sino también cuatro plazas de Oficial (que ya fueron modificadas por otro recurso, al igual que las de Subinspector) y que tiene pendientes cinco plazas de Agente desde el año 2006, que ya han pasado por 5 procesos judiciales, todos con sentencias condenatorias para la Administración.
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