martes, 22 de enero de 2013

El TSJ de Madrid avala el derecho a la parte devengada de la Paga Extra



El TSJ de Madrid, mediante sentencia 1133/2012, reconoce el derecho del personal asalariado de la AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES de MADRID (ICM) al cobro de los días devengados de la paga extraordinaria de diciembre o cantidades equivalentes, hasta la entrada en vigor del RDL 20/2012, por el que se suprimieron los importes reclamados para todo el empleo del sector público.
El pasado 11 de enero, la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, dictó sentencia en el procedimiento instado por FSC CCOO (Demanda 69/2012) contra la supresión de la paga extraordinaria o cantidades equivalentes en las retribuciones anuales del personal de ICM. El Fallo de la misma, condena a la Agencia Pública madrileña al abono a todo su personal de los haberes correspondientes a 14 días se salario.
El contenido del Fallo debe hacerse extensivo a la totalidad del personal asalariado, pudiendo afectar a las cerca de 3.000.000 de personas que desarrollan su actividad laboral retribuida en el sector público del Estado, las Administraciones Autonómicas y Locales. 
La FSC CCOO reclama del Gobierno el reconocimiento legal de este derecho, evitando la proliferación de demandas colectivas, grupales e individuales que, para su reconocimiento, están impulsando las organizaciones sindicales y las personas afectadas, a titulo individual.
Hasta tanto se produzca el reconocimiento general de este derecho, deberán mantenerse activas las reclamaciones y demandas interpuestas, evitando que las pretensiones de las mismas adquieran la condición de “acto consentido y firme”.
La sentencia desestima la pretensión general en relación con la totalidad de la paga suprimida pero la FSC CCOO mantiene su compromiso de defensa colectiva de los derechos del personal del sector público, en el marco de la Plataforma Unitaria de Organizaciones Sindicales y Asociaciones Profesionales en el sector, y ejercerá las acciones necesarias para garantizar el derecho a la negociación colectiva y el cumplimiento de los Convenios y Acuerdos, incluyendo el abono de las retribuciones anuales contenidas en los Presupuestos Generales de 2012.

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