Personas afectadas
Las personas que residan o que se encuentren o transiten por el territorio de la Comunidad Autónoma.
Prohibición
No se puede circular por las vías o espacios de uso público entre las 22:00 horas y las 6:00 horas.
Casos excluidos
a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la reali- zación de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
Efectos
Desde las 00.00 horas del 15 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 7 de febrero de 2021.
No hay comentarios:
Publicar un comentario