Aspirantes que han superado la prueba
JIMENEZ MARTIN, LUIS FERNANDO 8,65
FUENTES ROMERO, OTILIA 8,20
PEREZ ROBLAS, MIGUEL ANGEL 8,10
BARRENA ECIJA, ABDON 7,95
ROMERO MULERO, JOSE MARIA 7,05
BLAZQUEZ PALMA, NOEMI 7,05
CORDERO MORENO, JUSTO ANTONIO 6,75
PEREZ REYES, ANTONIO MARIA 6,70
VENEGAS SIERRA, JESUS 6,50
VAZQUEZ DURAN, JAVIER 6,25
MAQUEDA VAQUERIZO, RAFAEL 5,80
GRAJERA SANCHEZ, JUAN PEDRO 5,65
ALARCON RIVERO, FRANCISCO ANDRES 5,40
HURTADO GONZALEZ, JOSE ALBERTO 5,10
Enhorabuena a todos!
Próximo examen (prueba de desarrollo) el día 23 de octubre a las 11:00 horas.
Aspirantes que no han superado la prueba
UGALDE VILLANUEVA, JAVIER 3,80
- Acta y resultado de la prueba de conocimiento de materias y fecha del siguiente ejercicio
- Preguntas formuladas y sus respuestas
- Preguntas formuladas y sus respuestas
OCTUBRE.: COMIENZA AHORA TU PREPARACIÓN. LLAMA Y RESERVA PLAZA
Academia CESAC (Almendralejo) 924666781
Instituto IE (Villanueva) 924847454
Creéis que se podría impugnar alguna? La 46 por estar fuera del temario? Y la 42? el código penal no menciona el delito de omisión de petición de socorro, no? Está dentro del título de omisión del deber de socorro.
ResponderEliminarSi lo menciona
ResponderEliminarMira el 195.2
TÍTULO IX: De la omisión del deber de socorro
EliminarArtículo 195
1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
2. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.
...
Si, menciona el hecho en sí, pero por ningún lado veo que sea un "delito de omisión de PETICIÓN de socorro", es a lo que me refiero, está englobado en el de omisión del deber de socorro, de ahí que no eligiera esa opción.
Cuidadin. Que os la juegan, por logica deben salir .Luis Fernando o si no Otilia.pero me temo que tenemos manos negras.
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