viernes, 27 de febrero de 2015

CCOO comparecerá en la Asamblea para analizar la nueva propuesta de Ley de Coordinación

Siguiendo instrucciones del Presidente de la Cámara, la Mesa de la Asamblea, de acuerdo con la Junta de Portavoces, en sesión celebrada el día 17 de febrero, a propuesta de los grupos parlamentarios, se ha acordado requerir la presencia de representantes de una serie de organizaciones y entidades, a los efectos de exponer ante la Comisión de Administración Pública sobre la Propuesta de Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura (PRL-39).
A tal fin se ha solicitado la comparecencia de un representante de CCOO el próximo día 3 de marzo de 2015 en la sede de la Asamblea de Extremadura.
Es de destacar que esta propuesta asume gran parte de las demandas realizadas por CCOO en su anterior comparencia en la Asamblea

1 comentario:

  1. Dos cosas que no me parecen bien y que sí figuran más explícitamente en otras leyes de coordinación de Policías Locales como la Gallega:
    Artículo 25.- Armamento y medios técnicos.
    3.- Las entidades locales dispondrán de lugares adecuados y seguros para el depósito y custodia del armamento asignado con las condiciones previstas por la normativa aplicable; no obstante, los policías locales podrán custodiar el armamento asignado, previa autorización del Alcalde-Presidente y bajo su responsabilidad.
    Particularmente eliminaría el inciso: "previa autorización del Alcalde-Presidente". Nos equipararía al resto de FFCCSS cuyos miembros deciden libremente y bajo su responsabilidad portar sus armas fuera de servicio. Tanto por su dedicación profesional como por seguridad, hay compañeros que no pueden permitirse el lujo de comprarse una segunda arma.
    Artículo 23.- Uniformidad.
    2.- Deberán vestir y exhibir, en todo momento mientras estén de servicio, el uniforme y los distintivos reglamentariamente establecidos. Se exceptúa esta obligación en los casos que prevea la legislación vigente para el desempeño de algún servicio concreto, en los que la identificación se efectuará mediante el documento de acreditación profesional.
    Eliminaría el inciso: " el desempeño de algún servicio concreto", da a entender que sólo puede prescindirse del uniforme para actuaciones puntuales y elimina la posibilidad de existencia de unidades de paisano que actúen de forma habitual sin uniformidad. Todo un retroceso.
    No sé si valdrá de algo pero ahí lo dejo. Un saludo

    ResponderEliminar